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El 5 de mayo de 2017, el Estado de California emitió regulaciones para los límites permisibles de pesticidas, solventes y metales pesados en productos de Cannabis. Las regulaciones propuestas incluyen un período para comentarios del público sobre las pautas para los testeos de Cannabis, que termina el 20 de junio de 2017. CannaCraft Inc., una compañía de marihuana medicinal con sede en Santa Rosa, California, pidió al investigador asociado de Project CBD, Adrian Devitt-Lee, que preparara una crítica detallada de los requisitos de testeo propuestos por California y sugiriera maneras de mejorar estas regulaciones. Requisitos de testeo bien regulados son esenciales para la industria legal del Cannabis y la comunidad a la que sirve. Éste es un resumen de las críticas de Project CBD a los reglamentos propuestos y nuestras recomendaciones para enmendarlos. Elinforme completo, que ha sido presentado por CannaCraft a funcionarios de California, puede ser encontrado aquí.

Resumen

El siguiente es un resumen de las preocupaciones de Project CBD con las regulaciones propuestas por el Estado de California en USA para los testeos de Cannabis con respecto a solventes (§5310), pesticidas (§5313) y metales pesados (§5328), y recomendaciones para enmendarlos. El objetivo principal de esta declaración es describir los errores metodológicos y técnicos en la “Inicial Statement of Reason” del “Bureau of Marijuana Control” (Declaración Inicial de Motivos de la Oficina de Control de Marihuana) y proporcionar correcciones y revisiones a estos errores [1, 2]. Estas regulaciones pueden y deberían ser ajustadas a medida que se disponga de más datos toxicológicos. Sentimos que falta mucha información sobre seguridad, particularmente con respecto a la vaporización y combustión de pesticidas. Creemos que las siguientes recomendaciones beneficiarán a los pacientes, los usuarios recreativos y las personas que trabajan en la industria.

Solventes

Las regulaciones propuestas por California para solventes son problemáticas porque:

  • Se han malinterpretado los datos de seguridad del California Department of Industrial Relations’ California Division of Occupational Safety and HealthDivisión (Cal/OSHA por sus siglas en inglés) y del National Institute for Occupational Safety and Health (NIOSH por sus siglas en inglés).
  • A veces, los datos referenciados en el documento del Estado han sido transcritos incorrectamente del Cal/OSHA y la US Pharmacopeia (USP por sus siglas en inglés).
  • La §5310 permite el uso de solventes altamente peligrosos, incluyendo el benceno, que no son necesarios para la fabricación de Cannabis y no deberían ser permitidos bajo ninguna circunstancia.


Recomendamos las siguientes enmiendas a las regulaciones sobre solventes:


  • En la Tabla 1 hemos propuesto límites de acción revisados para los solventes en los productos de Cannabis inhalados e ingeridos, basados principalmente en los límites de exposición a corto plazo (STEL por sus siglas en inglés) de Cal/OSHA y las pautas de seguridad farmacéutica de la USP.
  • Debido a que los extractos de Cannabis pueden fabricarse de manera segura con solventes Clase 3 como el etanol y el butano, se recomienda prohibir el uso de solventes Clase 1 como innecesarios e inseguros.
  • Además, recomendamos que los reguladores trabajen con los fabricantes de productos para determinar si los solventes de Clase 2 son necesarios para extraer cannabinoides. Si no, deberían ser prohibidos para su uso en la fabricación de extractos.

Pesticidas

Las regulaciones propuestas por California para pesticidas son problemáticas porque: 


  • No se dan las referencias a partir de las cuales se determinaron los límites propuestos para los pesticidas en los productos ingeridos.
  • En la §5313 se asume que las personas ingieren hasta el 10% de su peso corporal en comestibles cada día. Esto no sólo es absurdo, sino que contradice la presunción en §5310 de que las personas ingieren no más de 10 gramos por día.
  • Los límites de los pesticidas en los productos fumados se basan en el supuesto que 0,1 ppm de cualquier pesticida es más seguro que el humo del cigarrillo. Establecer límites de seguridad basados en la seguridad de los cigarrillos es absurdo. Las deficientes normas reglamentarias del tabaco no deberían ser utilizadas como modelo para la industria del Cannabis.
  • Los límites de detección (LODS por sus siglas en inglés) de pesticidas de categoría 1 en los productos de Cannabis no han sido validados.
  • La seguridad de los pesticidas ingeridos se evalúa en base a la dosis de referencia (RfD por sus siglas en inglés). La ingesta diaria aceptable (ADI por sus siglas en inglés) es una medida más apropiada, ya que da cuenta de la ingestión crónica (por ejemplo, alimentos o medicamentos), mientras que la RfD no.

Recomendamos las siguientes enmiendas a las regulaciones de pesticidas:

  • Los pesticidas deberían estar separados en tres categorías, como se muestra en la Tabla 3.Los pesticidas de Categoría 3 están permitidos para el uso en Cannabis, serán testeados en cada lote y los límites de acción se establecen basados en preocupaciones de salud o ambientales. Los pesticidas de Categoría 2 están prohibidos para su uso en el Cannabis, pero son comunes. Cada lote será testeado para los pesticidas de Categoría 2 y los límites de acción son establecidos en los límites de detección de los pesticidas. Los pesticidas de Categoría 1 están prohibidos para su uso en el Cannabis, pero son infrecuentes y no serán testeados en cada lote.
  • Los límites de acción para los pesticidas de Categoría ½ deberían fijarse en el límite de detección (LOD por sus siglas en inglés) para los pesticidas dados. Los reguladores deberían trabajar con laboratorios en California para determinar los LOD actuales para diferentes pesticidas en diferentes productos de Cannabis, incluyendo concentrados, flores y comestibles.
  • El consumo diario esperado de comestibles debería fijarse en un valor razonable, como10g ó 250 mg /kg, en el cálculo de los límites de acción para los productos ingeridos. En la Tabla 2 hemos propuesto límites de acción para los pesticidas en los productos ingeridos de Cannabis, basados en la ingesta diaria aceptable (ADI por sus siglas en inglés) tabulada por la Administración Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA por sus siglas en inglés) y la Organización Mundial de la Salud (WHO por sus siglas en inglés).
  • Los reguladores deberían determinar un método estándar para estimar niveles seguros de inhalación aguda de pesticidas basados en datos de seguridad oral, trabajando con organizaciones de seguridad y toxicólogos.

Otras regulaciones


Ciertos cambios en las regulaciones de laboratorio dependen de cambios en las regulaciones de fabricación y cultivo. Para ser coherente con las recomendaciones de este documento, recomendamos que:

  • Las normas de fabricación prohíban el uso de ciertos solventes en la fabricación de Cannabis, incluidos todos los solventes de Clase 1.
  • Las regulaciones de cultivo incluyan una estipulación que permita testeos in situ para metales pesados.
  • Si se toman estas recomendaciones, no se requerirá el testeo de metales y pesticidas de Categoría 1 en cada lote, como se estipula en la propuesta actual. Los testeos de los lugares de cultivo deberían ser suficientes para asegurar la ausencia de metales pesados. Del mismo modo, el testeo sistemático o aleatorio de los productos pesticidas prohibidos serían suficientes para garantizar la ausencia de pesticidas de categoría 1. Esto reduciría significativamente el costo de los testeos.

Puede acceder al informe completo a continuación:


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